Hay dos versiones oficiales sobre las barreras del tren.

(Diario de Cuyo - 07/11/2011 - reproducido en Rieles Multimedio)
Mientras la
ADIF dice que es optativa para las empresas de carga, la CNRT exige su colocación.
A partir del informe publicado ayer por DIARIO DE CUYO, que
señaló 10 puntos peligrosos de intersección entre calles y vías por los que
pasa el tren de carga de América Latina Logística, surgieron dos posturas
encontradas. Es que la
Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT) se basa
en una norma que exige la colocación de barreras, mientras que la Administración de
Infraestructura Ferroviaria (ADIF), se ampara en la ley que regula el
transporte de carga, y en la que se afirma que la colocación de barreras es
opcional.
Más allá de esto, el relevamiento echo por este medio
detectó que las intersecciones entre vías y calles públicas y rutas en
Albardón, Angaco, San Martín, Caucete y Sarmiento, son peligrosas para los
peatones y para los que circulan en vehículos porque además de no tener
barreras, en la mayoría de los casos tampoco hay señalización pasiva, que son
los carteles. Todo esto salió a la luz luego del accidente ocurrido el
miércoles pasado en San Luis, que le costó la vida a 8 personas.
Tal como se señaló ayer, la CNRT no tiene poder de acción en el sistema
ferroviario fuera del área Metropolitana del Gran Buenos Aires. En el resto del
país actúa la ADIF ,
y es el organismo que controla el estado de las vías en San Juan.
En cuanto a la colocación de barreras, la CNRT se basa en la Ley 22.647 de Ferrocarriles
Argentinos que marca en su artículo 1 inciso 8 que ‘La empresa debe proveer el
señalamiento que corresponda‘, en los cruces ferroviarios. Mientras la
resolución S.T. Nro. 375, que reglamenta esta norma, especifica en su artículo
2 sobre estos señalamientos y dice que se trata de ‘los cierre de pasos a nivel
protegidos mediante barreras de accionamiento automático‘. Por lo tanto
generaliza la obligatoriedad de las barreras tanto para transportes de
pasajeros como de carga, que es el que existe en la provincia.
En tanto, la
ADIF se basa en las Leyes 26.352 de regulación de la
actividad ferroviaria y 24.921 del Transporte Multimodal de Cargas. Además,
exige el cumplimiento de las ‘Normas para los cruces entre caminos y vías
férreas‘, aprobadas por Resolución Nº 7/81, en las que se señala en su punto
2.2.6.: ‘Se considera obligatoria la colocación de barreras para las líneas de
transportes de pasajeros y optativa para transportes de cargas‘. Esto quiere
decir que queda a criterio de la empresa de ferrocarriles de carga la
colocación o no de barreras de paso a nivel.
Al respecto, Daniel Campos, secretario de Servicios Públicos
de San Juan, dijo que el control de la línea férrea está a cargo de ADIF.
Agregó que el Gobierno provincial mandó un informe de los problemas que tienen
las vías, pero nunca tuvieron respuesta. Sobre la seguridad en las vías opinó
que ‘habrá que empezar a tocar a los sectores que tienen responsabilidad en
esto‘.
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